La sentencia de 26 de mayo del 2008 que concede a una vecina una indemnización de 24.000 por padecer el botellón ha tenido un gran impacto mediático (Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 5 de Sevilla). El sufrimiento y la identificación de los vecinos de las grandes concentraciones urbanas ante la desidia de las Administraciones competentes lo justifican. Este comentario pretende realizar un análisis jurídico de la misma. La Sentencia rigurosa y muy bien fundada en Derecho es aplicable a cualquier ciudad o autonomía española.
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