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Resumen de Rendimientos mínimos y convenios colectivos agropecuarios en Córdoba

Manuel Porras del Corral

  • El presente trabajo aborda el estudio del rendimiento mínimo, como obligación correlativa al percibo del salario por unidad de tiempo, a través de los Convenios Colectivos Agropecuarios aprobados por la autoridad laboral para Córdoba y provincia desde la fecha de promulgación de la Ley de 24 de abril de 1958 hasta el 31 de mayo de 1975. Tras unas breves consideraciones en tomo al deber de rendimiento, a la luz de los textos legales básicos, con ciertas observaciones de la doctrina, se expone la relación de los Convenios Colectivos analizados por orden cronológico de aprobación y alfabético, ofreciéndose seguidamente unos datos estadísticos. Según la acogida de mencionados Convenios Colectivos dispersan a los rendimientos mínimos, se han agrupado aquellos en tres bloques: 1.) Los que incluyen tablas de rendimientos. 2.) Los que aluden en cierta forma a los mismos, quedando encuadrados bajo el compromiso más o menos firme de elevar el rendimiento, y 3.) Los que los omiten por dificultad técnicas en su determinación, según expresamente declaran. Por último, se enuncian una serie de conclusiones, entre las que sobresalen, con vistas al presente, el valor indiciario de los rendimientos mínimos en la actualidad, y cara al futuro, la conveniencia de la inclusión de tablas de rendimientos mínimos en los convenios a suscribir.


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