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Reforma concursal y medidas introducidas por el legislador para conseguir un sistema eficiente

  • Autores: Enrique Gadea Soler
  • Localización: Estudios de Deusto: revista de Derecho Público, ISSN 0423-4847, Vol. 54, Nº. 1, 2006, págs. 41-60
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • español

      La nueva Legislación concursal española aprobada en 2003 ha venido a satisfacer una aspiración largamente sentida en el derecho patrimonial español. La obsoleta y dispersa regulación anterior favorecía que tuviésemos un sistema ineficiente, entre otras cosas, porque ni siquiera constituía un todo armó- nico con unos objetivos claramente definidos. En la reciente Ley Concursal, el legislador define el fin del concurso, que no es otro que el pago a los acreedores, inclinándose para su consecución por la conservación de la empresa antes que por su liquidación. El objetivo de este trabajo es analizar las medidas introducidas por el legislador para conseguir el fin marcado. Para ello, el artículo comienza tratando la cuestión del momento temporal adecuado para la apertura del procedimiento y después de abordar aspectos como el régimen orgánico, los efectos del concurso o el sistema de privilegios, finaliza con la referencia a la regulación del procedi- miento abreviado.

    • English

      The new Spanish Insolvency Legislation, approved in 2003, has met a long-standing need in Spanish Patrimonial Law. The previous obsolete and indistinct regulation meant that our system was an inefficient one because, among other things, it did not even constitute a whole that was in harmony with clearly defined objectives. The legislator defines the aim of bankruptcy proceedings in the recent Insolvency Law: that of paying creditors, for which means there is a tendency towards saving the company in priority to winding it up. The aim of this study is to analyse the measures introduced by the legislator in order to achieve its purpose. Therefore, the article begins by dealing with the question of the suitable provisional moment for opening proceedings, goes on to discuss matters such as the organic system, the effects of bankruptcy proceedings and the system of privileges, and ends with reference to regulation of the abridged proceedings.


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