Desregulación, Estado social y proceso de globalización

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Título: Desregulación, Estado social y proceso de globalización
Título alternativo: Deregulation, Welfare State and the Process of Globalisation
Autor/es: Marcilla Córdoba, Gema
Palabras clave: Derecho estatal | Desregulación | Estado social | Globalización
Área/s de conocimiento: Filosofía del Derecho
Fecha de publicación: 2005
Editor: Universidad de Alicante. Área de Filosofía del Derecho
Cita bibliográfica: MARCILLA CÓRDOBA, Gema. “Desregulación, Estado social y proceso de globalización”. Doxa. N. 28 (2005). ISSN 0214-8876, pp. 239-263
Resumen: Uno de los factores más relevantes en la crisis de la "estatalidad" del Derecho es el creciente protagonismo de grupos y corporaciones, sobre todo económicos, en los procesos de creación de normas. Se trata de manifestaciones de pluralismo jurídico, que resultan de especial interés para explicar cl fenómeno de la desregulación. Al contrario de lo que la expresión puede sugerir, la desregulación no equivale a la anomia, sino que se identifica con el desplazamiento de normas intervencionistas, propias del Estado social, por otras cuya función se limita a asegurar la autonomía privada y la libre competencia entre sujetos que operan en el mercado. La desregulación suele justificarse en razones de eficiencia del mercado, pero también en razones de mayor legitimidad de las instancias públicas. Si bien la desregulación está cobrando importancia en el ámbito del Derecho estatal, es seguramente en el plano transnacional en el que más se advierte su presencia. Es más, cabría decir que la desregulación es la técnica normativa más característica de la sociedad global (piénsese en la nueva lex mercatoria): los agentes económicos que operan a escala global necesitan normas uniformes, adecuadas a los avances científicos y tecnológicos, que doten de seguridad y protejan frente a la delincuencia a las transacciones comerciales, y muy especialmente necesitan normas que no pongan trabas al mercado. Este es precisamente el tipo de Derecho que propicia la desregulación. | One of the most important factors in the crisis of production of law by the state public powers is, together with the supra and infra-production of legal norms phenomena, the increasing protagonism of groups and corporations, mainly economic, in the processes of creation of norms. It can be presented as an example of legal pluralism, which is of especial interest when explaining the “deregulation” phenomenon. In spite of what can be suggested by this expression, deregulation is not equivalent to anomia (the absence of rules), rather it is considered as the displacement of interventionist norms, existing in the Welfare State, by other norms whose function is to guarantee private autonomy and free competition between those who operate in the market. Deregulation is usually justified in terms of market efficiency, but also in terms of greater legitimacy of public bodies. Although deregulation is becoming increasingly important in the sphere of state law, it is in the international field where its presence is undoubtedly most noticeable. Furthermore, it could be said that deregulation is the paradigmatic normative technique found in global society (for instance, the new lex mercatoria): the economic agents who operate on a global scale need uniform norms which should be in accordance with scientific and technological breakthroughs, norms which should provide legal certainty and protect commercial transactions from delinquency, and they especially need norms which do not obstruct the market. This is precisely the type of law which results from deregulation.
Patrocinador/es: El presente trabajo ha sido realizado en el marco del proyecto PAI-05-055, financiado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
URI: http://hdl.handle.net/10045/10011 | http://dx.doi.org/10.14198/DOXA2005.28.16
ISSN: 0214-8876
DOI: 10.14198/DOXA2005.28.16
Idioma: spa
Tipo: info:eu-repo/semantics/article
Revisión científica: si
Aparece en las colecciones:DOXA - 2005, N. 28

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