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La filosofía del derecho de Immanuel Kant

  • Autores: Víctor Rojas Amandi
  • Localización: Revista de la Facultad de Derecho de México, ISSN 0185-1810, Vol. 54, Nº. 242, 2004, págs. 165-198
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • LA FILOSOFÍA DEL DERECHO DE IMMANUEL KANT Víctor Manuel ROJAS AMANDI* I. INTRODUCCIÓN No parece exagerado afirmar que ningún filósofo de los tiempos modernos ha transformado la Filosofía, la Ciencia Natural y la Ciencia del Derecho como Kant. Por lo mismo, tampoco parecería fuera de lugar sostener que, ¿la Filosofía contemporánea debe ser fechada a partir de Kant¿.[1] Tanto en Alemania como en el mundo occidental apenas y se pudiera encontrar alguna reflexión filosófica y científica durante los siglos XIX y XX que no haya sido influenciada de alguna forma por la Filosofía de Kant. Kant determinó la problemática de la Filosofía Clásica Alemana que tuviera sus más importantes expositores en Fichte, Krause, Schelling y Hegel. La Filosofía del lenguaje de Humboldt y la Teología y Hermenéutica de Schleiermacher fueron influenciadas decisivamente por Kant. El Empirocriticismo de Ernst Mach y el Neopositivismo del Círculo de Viena representado por Carnap y Wittgenstein bien pueden reconocer su raíz kantiana. No menos influencia por parte de Kant han recibido Habermas y Rawls.

      En la Filosofía del Derecho desde el siglo XIX la influencia de Kant ha sido sin duda la más importante si se le compara a la que ejerciera cualquier otro filósofo clásico. Esto vale, sin embargo, más por su teoría crítica del conocimiento que por su teoría jurídica.[2] De esta forma, durante la segunda mitad del siglo XIX surgió la Teoría General del Derecho, cuyos principales autores fueron Merkl, Binding, Bierling, Bergbohm, Somló y Bluntschli. Esta nueva disciplina especial de la Filosofía del Derecho se apoyó en un principio elaborado con base en la Filosofía de Kant: debido a que los contenidos jurídicos no pueden ser accesibles al conocimiento científico, en beneficio de la seguridad jurídica tienen que ser establecidos los criterios formales que sirven para determinar lo que debe ser el Derecho.[3] El formalismo jurídico en la Filosofía del Derecho que sirviera para justificar la legislación y la jurisprudencia del régimen nacionalsocialista, tuvo a uno de sus más importantes representantes en Rudolf Stammler para quien fue posible establecer que, los principios de un Derecho justo no son normas, sino que más bien, tienen la significación de pensamientos metódicos que nos ayudan a elegir entre una muy amplia variedad de normas jurídicas concretas,[4]y que por ello un Derecho correcto no era más que una forma pura del pensamiento, un método formal y que no era posible encontrar ningún precepto jurídico que comprobara con base en la especialidad de su contenido su validez absoluta.[5] * Doctor en Derecho por la Universidad de Heidelberg en Alemania y profesor de tiempo completo de la Universidad Iberoamericana, Plantel Santa Fe.

      [1] Herman Jean de Vleeschauwer en:Historia de la Filosofía, Vol. 7, La Filosofía Alemana de Leibiniz a Hegel Ed. (Yvon Belaval), Trad. José María Artola Barrenechea) Editorial Siglo XXI, México 1987, p. 166.

      [2] KAUFMANN. Op. cit., p. 75.

      [3] Coing, Helmut, KANT und die Rechtswissenschaft, Frankfurter Universitätsreden, Frankfurt am Main, 1955, p. 34 y ss.

      [4] STAMMLER, Rudolf, Tratado de Filosofía del Derecho, (Trad. Wenceslao Roces), Editora Nacional, México, 1980, p. 259.

      [5] STAMMLER, Rudolf, die Lehre von dem richtigen Rechte, segunda edición, Luchterhand, Frankfurt am M., 1926, p. 51 y 94.


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