Plantea el autor un análisis actualizado del artículo 1504 del Código Civil, precepto que contiene un régimen especial en materia de resolución contractual para los contratos de ventas de bienes inmuebles y que viene a autorizar al vendedor a pagar con posterioridad al vencimiento del plazo pactado, incluso no obstante haberse pactado la resolución contractual en tal circunstancia. Altera por tanto el régimen del articulo 1124 del Código Civil, limita la eficacia del pacto comisorio y plantea cuestiones interpretativas de indudable interés
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