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Resumen de Una concepción hartiana del deporte

José Luis Pérez Triviño

  • español

    Un tema recurrente en la filosofía del deporte, y más en concreto, en lo que ahora se denomina “sport jurisprudence” es el intento de caracterización del fenómeno deportivo incidiendo en los componentesnormativos que en este se dan. En este sentido, hay ya una larga tradición en la filosofía del deporte que ha caracterizado a éste en términos muy cercanos a los utilizados por los filósofos al referirse al derecho: formalismo, convencionalismo, interpretativismo. En este trabajo he tratado de ofrecer una concepción del deporte cercana a la caracterización de H.L.A. Hart acerca del derecho. En este sentido, he incidido en la delimitación de normas que pueden ser caracterizadas en términos similares a la distinción hartiana entre reglas primarias y secundarias. En segundo lugar, en términos similares, he tratado de ofrecer una concepción de la adjudicación en el deporte más cercana a una concepción hartiana de la adjudicación que a una interpretativista. Dicho de otra manera, los árbitros, por lo general, se limitan a aplicar las distintas reglas y no a evaluar los bienes internos de la práctica deportiva. Y salvo casos muy flagrantes en que la aplicación de la regla contradiga un principio de la práctica deportiva, es correcto que sea así.

  • English

    A recurring theme in the philosophy of sport, and more specifically in what is now called “sport jurisprudence,” is the attempt to characterize the phenomenon of sport by focusing on its normative components. In this sense, there is a long tradition in the philosophy of sport that has characterized it in terms very similar to those used by philosophers when referring to law: formalism, conventionalism, interpretivism. In this work, I have attempted to offer a conception of sport close to H.L.A. Hart’s characterization of law. In this sense, I have emphasized the delimitation of norms that can be characterized in similar terms to Hart’s distinction between primary and secondary rules. Secondly, I have attempted to offer a conception of adjudication in sport that is closer to a Hartian conception of adjudication in law than to an interpretivist one. In other words, referees generally limit themselves to the application of the various rules and do not refer to the internal values of the sport. Except in very flagrant cases where the application of the rule contradicts a principle of sports practice, this is correct.


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