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Los derechos sociales en la perspectiva multinivel

  • Autores: Tommaso Nicola Poli
  • Directores de la Tesis: Francisco Balaguer Callejón (codir. tes.), Francesco Gabrieli (codir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Granada ( España ) en 2012
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Francesco Gabrieli (presid.), Marco Benvenuti (secret.), Francesco Bilancia (voc.), Guido Rivosecchi (voc.), Francisco Balaguer Callejón (voc.)
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en: DIGIBUG
  • Resumen
    • La tesis tiene por objecto la tutela de los derechos sociales en la perspectiva multinivel y tiene el titulo" Los derechos sociales en la perspectiva multinivel". Se quiere investigar la tutela de los derechos sociales en el derecho constitucional europeo. Si va a desorrollar el progresivo nacimento de los derechos sociales a nivel supranacional y a nivel sub-nacional, en los Estatutos italianos y españolos, sobre todo despues la reforma del Titolo V en Italia y la segunda temporada de los Estatutos autonomicos en España.

      Ante todo la investigación se centrerá en la noción de Estado social y sus axiomas, los derechos sociales y su progresiva afirmación en la transición desde el Estado liberal al Estado social y sobre su recepción en la Constitución italiana y española, con especial referencia al debate sobre la naturaleza preceptiva o programática de las disposiciones constitucionales y a su siguiente condicionamiento en razón de las exigencias del presupuesto estatal.

      En el segundo capítulo se centrará la atención en la evolución de la tutela social en el orden europeo en consecuencia de la ratificación del Tratado de Lisboa y de la adquirida eficacia jurídica de la CDFUE. Se analizará el proceso de codificación de los derechos y la progresiva valorización de la CDFUE desde su redacción a la previa incorporación en el Tratado que adopta una Constitución por Europa. Después se investigarán las enmiendas aportadas en el Convenio de Estrasburgo, la técnica de reexpedición, prevista en el Tratado de Lisboa, que le ha dado eficacia jurídica, la distinción entre principios y derechos y su contextual separación por categorías de valores. Aclaradas las cuestiones de orden general sobre la Carta de los derechos, el análisis se dedicará a una interpretación sistemática de los derechos sociales y su aplicación potencial con las disposiciones del Tratado de Lisboa. En concreto, se pretenderá averiguar si la eficacia jurídica de la Carta ha conseguido corregir aquella escisión entre Estado social y Unión europea que subordina los objetivos de naturaleza social a aquellos económicos en el proceso de integración y consolidación de la Unión europea, consideradando también la ausencia de un modelo social uniforme entre los Estados miembros del UE y la fracasada atribución de competencias para la realización de los objetivos de naturaleza social prevista en los Tratados.

      El nivel más bajo de esto sistema institucional «a rete», aquel territorial, examinará los derechos sociales incluidos en los Estatutos regionales italianos, los más tímidos, y los españoles, los más valientes, y la legitimidad de tales disposiciones a la luz de la atribución de competencias sociales a nivel regional, de las cláusulas recogidas en el art. 117. 2, lett. m), Const. it. y en el art. 149.1.1° Const. esp. y, en fin, de la capacidad de los Estatutos a representar la identidad y la autonomía regional.

      En concreto, entonces, se propone analizar el «status» de los derechos sociales en el espacio constitucional europeo. Se hace particular hincapié en la eficacia jurídica y en la fuerza normativa de las relativas disposiciones que, a primera vista, no parecen totalmente uniformes en la estructura multinivel del orden constitucional y ponen de rilieve sobre un debate que, vuelve a retomar nuevos elementos en las codificaciones más recientes de los derechos en los distintos niveles decisorios.

      Al final de la investigación se ha podido establecer un balance sobre la evolución del Estado social, cuyos cambios dependen, por una parte considerable, de la fuerza de las disposiciones jurídicas que incorporan los derechos sociales y de las herramientas previstas para hacer efectivas las distintas garantías de los niveles constitucionales.


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