El derecho fundamental al respecto de la vida familiar se incluye en todos los ordenamientos jurídicos de los estados europeos y también se protege, directa o indirectamente, en el Derecho europeo, considerado éste como la conjunción del os dos sistemas jurídicos supranacionales de ámbito europeo: El sistema derivado del Consejo de Europa y el de la Unión Europea. Los países de la Unión Europea, que en su totalidad forman parte del Consejo de Europa, integran en sus ordenamientos internos el Derecho europeo en lo referente a la protección de los Derechos fundamentales y tanto la formativa como la jurisprudencia europea son fuente de Derecho para los Estados y canon de interpretación para el juez o el legislador nacional. Este complejo sistema europeo de tutela de los derechos fundamentales conlleva que ningún ámbito del derecho pueda realmente entenderse sin una comprensión global del contexto multinivel formado por el Derecho europeo y el Derecho interno. Desde la perspectiva, la presente Tesis tiene como objeto extraer del Derecho europeo las bases o estándares que deben servir para su incorporación en los ordenamientos internos y en especial en el ordenamiento jurídico español. Para ello, y habida cuenta de la divergencia existente entre los dos sistemas jurídicos europeos, el estudio comprende dos partes diferenciadas, sobre cada uno de los dos sistemas y otra parte en la que se determinan las bases comunes a ambos ordenamientos. En la primera parte, formada por los Capítulos I y II, se analiza el Derecho derivado del sistema del Consejo de Europa. Esencialmente, la interpretación extensiva y constructiva que en relación a la vida familiar realiza el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la configuración del control de las vulneraciones estatales en materia de vida familiar y las normas del Consejo de Europea en este ámbito. En la segunda, que incluye los Capítulos III y IV, se examina cómo a través del ordenamiento comunitario y de las construcciones interpretativas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se protege el derecho al respeto de la vida familiar en diversas políticas comunitarias (derecho a la libre circulación de las personas, derecho laboral y de la seguridad social, igualdad de trato entre hombres y mujeres, protección de la seguridad y salud de los trabajadores, inmigración) y cómo de ellas nacen derechos que inciden en la vida familiar (conciliación de la vida familiar y laboral, reagrupación familiar, etc.) derecha o indirectamente.
Finalmente, en el Capítulo V, se analiza en forma integrada el ordenamiento jurídico del Consejo de Europa y el de la Unión Europea, para configurar las principales bases, directrices, principios, derechos y obligaciones que se desprenden de los dos sistemas jurídicos analizados conjuntamente en aras de establecer el estándar europeo de la protección de la vida familiar.
Para ello, en la conexión de ambos ordenamientos, se ha delimitado el vínculo familiar, se han configurado los distintos niveles de protección, derechos y obligaciones u los obstáculos que interfieren en la efectividad del derecho a la protección de la vida familiar. Así, se extraen, entre otros, la prohibición de toda discriminación en la formación de la familia, el principio de igualdad en la filiación, el principio de protección de las relaciones factuales, la prohibición de los matrimonios fraudulentos, el derecho a la libre circulación de los familiares de los nacionales comunitarios, la prohibición de cualquier discriminación por razón de maternidad, el derecho a gozar de permisos por nacimiento de hijos, el derecho a la protección de la vida familiar de los extranjeros y de los detenidos, los derechos y obligaciones derivados de la atribución de la guarda y custodia y los referentes a las medidas de acogida y tutela estatal de los menores.
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