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Los indefinidos no fijos, ¿una historia interminable hacia su terminación? Su capítulo inédito de la llamada expresa del Tribunal de Justicia a la modificación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Constitución y Derecho de la Unión

  • Autores: María Emilia Casas Baamonde
  • Localización: Revista de Jurisprudencia Laboral (RJL), ISSN-e 2659-787X, Nº. 2, 2024
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Los trabajadores indefinidos no fijos de larga duración, cuyas plazas no han sido convocadas en plazo por las correspondientes Administraciones y organismos del sector público para su cobertura definitiva o han sufrido aplazamientos, son contratados temporales sometidos a una utilización sucesiva -prorrogada automáticamente o renovada por esa falta de convocatoria reglamentaria- y abusiva de su temporalidad indefinida. Los jueces y tribunales españoles podrían convertir sus contratos temporales indefinidos en fijos ante la falta de medidas alternativas efectivas en nuestro ordenamiento para prevenir y sancionar adecuadamente esa temporalidad sucesiva abusiva y modificar la jurisprudencia del Tribunal Supremo interpretativa de los principios constitucionales y legales de acceso al empleo público (igualdad, mérito y capacidad) si esa interpretación fuese incompatible con los objetivos de la Directiva 1999/70/CE y, en particular, de la cláusula 5ª del Acuerdo Marco


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