La obligación empresarial de información y consulta sobre el empleo en las empresas y centros de trabajo, "establecida" en el artículo 4.2.b) de la Directiva 2002/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2002, por la que se establece un marco general relativo a la información y a la consulta de los trabajadores en la Comunidad Europea, no es de aplicación en caso de cambios de puesto de trabajo de un reducido número de trabajadores, a no ser que esos cambios afecten a la situación, la estructura y la evolución probable del empleo en la empresa o centro o supongan un riesgo para el empleo en general. Así debe interpretarse el mencionado precepto eurounitario según la STJUE de 6 de julio de 2023 [asunto C-404/2022, Ethnikos Organismos Pistopoiisis Prosonton & Epangelmatikou Prosanatolismou (Eoppep)].
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