El catálogo y el contenido de los derechos fundamentales son abiertos, y el Defensor del Pueblo contribuye “desde abajo” a la tarea colectiva de justificar sus ampliaciones. Sin embargo, su argumentación en derechos contiene serios déficits, que deberían ser corregidos. Así se demuestra en los seis casos analizados, ofreciéndose una construcción alternativa, más coherente con la función constitucionalmente atribuida al Defensor del Pueblo.
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