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Revista de estudios histórico-jurídicos

versión impresa ISSN 0716-5455

Rev. estud. hist.-juríd.  n.22 Valparaíso  2000

http://dx.doi.org/10.4067/S0716-54552000002200005 

ALONSO DE CARTAGENA, JURISTA Y DIPLOMÁTICO DEL
HUMANISMO ESPAÑOL*

Luis Rojas Donat **
Universidad del Bío-Bío

1. EL HUMANISMO DE LA ÉPOCA

Cuando se estudia la biografía de Alonso García de Santamaría, más conocido como Cartagena, resulta inevitable establecer una vinculación directa con el llamado humanismo. Y es que su conducta política, sus múltiples actividades, sus variados intereses, su rigor metodológico, su amplio saber, su formación, informaban en él al exponente casi típico del humanista.

Dicho humanismo, que identifica al movimiento que se ha dado en llamar "renacentista", suele entendérselo surgido en Italia en el siglo XIV, participando en él, sobre todo, retóricos cuya afición por las lenguas los convertía en filólogos. Como profesionales que eran se sintieron poseedores de una idea nueva de cultura que veía en el clasicismo el mejor modelo. Sumidos en esta convicción casi arrogante, emprendieron la tarea de afirmar la importancia de su campo de actividad, esto es, los studia humanitatis mediante los cuales se pretendía recuperar la añorada Antigüedad clásica. La gramática, la retórica, la historia, la poesía y la filosofía moral pasaron a constituir un cúmulo de conocimiento y herramientas indispensables, sin los cuales no podía erigirse ningún auténtico saber. Dentro de ellas, destacaban como principalísimas, la retórica y la gramática, en las que los humanistas depositaban todo su interés y su confianza por ser, decían, las claves para abrir todas las puertas de la cultura. Sin duda, el dominio de la lengua permitía entrar en contacto con todo el universo de ideas de una cultura, y a partir de aquí, apreciar las creaciones intelectuales. En este caso, por supuesto, se trataba de la lengua latina y griega porque mediante ellas se podía beber en las fuentes de la cultura cristiana occidental.

Convertidos en el fundamento mismo del humanismo, los estudios retóricos y gramáticos terminaron por identificar a este movimiento y a los humanistas que lo integraban. Consolidada esta posición dominante en el amplio contexto de la cultura, los studia humanitatis invadieron otras áreas del conocimiento, aunque no llegaron a desplazarlas. De esta manera se explica que ya en la segunda mitad del siglo XV, un número cada vez mayor de juristas, médicos, matemáticos se hayan interesado por los estudios humanísticos1.

Un poco antes, es decir, en primera mitad del siglo XV, cristaliza en España un "pre-renacimiento" propiamente hispano cuyo fundamento hay que encontrarlo en el humanismo socio-político del que Alonso de Cartagena será uno de sus frutos2. Este temprano "renacimiento" en la península estará dominado por la tendencia al continuismo y la supervivencia de tradiciones que entregaron a ese siglo, marcado por la dureza de los tiempos, una garantía de estabilidad. Las innovaciones, valerosamente conquistadas en medio de un ambiente hostil al cambio, no alcanzaron a darle impronta a este humanismo socio-político. Habiendo existido aquellas, no obstante fueron muy pocas. Con todo, esos primeros cincuenta años del Quattrocento español, ve aparecer hombres especialmente sensibles a los cambios y novedades culturales. Los aires venidos desde la Italia de los precursores del humanismo calaron hondo en la sensibilidad de algunos españoles cultos, quienes todavía tímida y tenuemente, ven abrir sus mentes y corazones al cambio, al cuestionamiento, a la duda.

El Humanismo filológico, aquel que caracteriza en plenitud a esta época de transición, y que está fuertemente influido por los humanistas italianos, aparece a finales del siglo XV en España, y aunque deja huella indeleble en la cultura española, no alcanzó a arraigar plenamente. A este movimiento no pertenece Cartagena, a pesar de la cultura superior que ostentaba, porque según Mario Penna no alcanzó el nivel de comprensión y exégesis de los autores clásicos a que llegarían los humanistas italianos un poco tiempo después3. Incluso, sostiene Francisco Rico, habría llegado a oponerse a dicha influencia itálica, a sus frutos y a su herencia, adoptando una posición recalcitrante en las polémicas que el humanismo vivió en torno a la gramática4.

2. NACIMIENTO Y FORMACIÓN

Escasos son los datos biográficos que se disponen de este ilustre jurista y teólogo español5. Nació en una fecha indeterminada entre 1384 y 1386 en el seno de una acomodada familia judía que había optado por la conversión al cristianismo en una España en la que el antisemitismo iba en crecimiento. Su padre llamábase Salomón Ha-Levi y era un hombre que había alcanzado una cultura excepcional para la época, particularmente en el conocimiento de la Sagrada Escritura. A los veinticinco años alcanza la dignidad de rabino mayor de la judería de Burgos y desempeña diversas misiones diplomáticas en favor de las aljamas o sinagogas. Después de su conversión, en 1390, pasó a llamarse Pablo García de Santamaría y ocupó el obispado de Burgos en 1415. De su sorprendente prestigio e influencia eclesiástica en la España de su tiempo, es buena prueba el dato de que de las 26 sedes que por entonces tenía la península, 12 fueron ocupadas por capitulares burgaleses6.

Habiendo creado en torno suyo un ambiente estimulante para el estudio, el obispo neo-converso inició la guía espiritual de su hijo Alonso en la rica tradición escrituraria hebrea. Desde este punto de vista, Burgos se había visto favorecido por esta figura que elevaba el nivel de la diócesis, convirtiéndola en un faro intelectual. A Alonso llegarían a serle familiares no sólo los textos del antiguo testamento, sino también el sentido profético y el tono rotundo del lenguaje y los sucesos de la historia sagrada pre-cristiana. Esta introducción en el manejo de textos difíciles, acompañados del rigor metodológico como mnemotécnico de su tiempo, marcaron su pensamiento teológico el que habría de repercutir tanto en su conducta política como en su lenguaje de ensayista. Todas estas características permiten a algunos estudiosos actuales incluir al obispo dentro de un movimiento que W.Ullmann ha dado en llamar "humanismo socio-político"7. Esta corriente surgida con anterioridad al humanismo clásicamente entendido, esto es, el de los retóricos, buscaba al igual que el de éstos, la recuperación de los textos clásicos.

Sin embargo, esta tarea que en los retóricos tenía valor en sí mismo, en los humanistas socio-políticos se convirtió en un medio para alcanzar el perfeccionamiento de otras actividades del saber y, de paso, presentarse como ejemplo de conducta moral y social.

Culminada esta primera etapa de su formación intelectual y espiritual, Alonso de Cartagena fue enviado a la entonces prestigiosa Universidad de Salamanca, donde estudió ambos derechos, civil y canónico. Contando sólo veinte años de edad, obtiene su bachillerato en leyes y comienza de este modo una carrera intelectual que lo llevaría en 1409 a lograr la licenciatura y finalmente, a los veintinueve años, su doctorado en 1414.

Cultivó varias áreas que iban bien con su brillante preparación intelectual y con su personalidad, pues no concebía, decía él mismo, dedicarse tan sólo a una actividad, sino abordar la diversidad8; puede decirse que llegó a ser jurista, diplomático, historiador, ensayista y traductor de autores latinos, como Séneca y Cicerón. Ante semejante personalidad, con tantos atributos, era natural que se formase una cierta "corte" de personas que deseaban aprender junto al obispo. Algo así como la vieja tradición de las escuelas episcopales o catedralicias, en las que el obispo animaba a un pequeño grupo de alumnos a ser un poco más. De la nobleza y de ciertas familias de hombres de negocios, esto es, mercaderes, va fluyendo un grupo intelectual en torno suyo en el palacio arzobispal de la ciudad de Burgos.

En el ámbito eclesiástico, después de recibir la ordenanza sacerdotal, su carrera comienza a los veintinueve años al nombrársele maestresala de la Catedral de Cartagena. Este primer nombramiento habría de ser emblemático al quedar su nombre asociado para siempre a dicha ciudad y no a Burgos, donde alcanzó la silla arzobispal. Dos años después, en 1416, se transforma en Deán de la Catedral de Santiago de Compostela, aumentando significativamente su prestigio y autoridad. En 1419, reconociendo sus evidentes atributos de inteligencia, cultura y prudencia, la Cámara Apostólica le nombra colector general y nuncio, dignidades que lo encumbran y afaman en toda España. Burgos le incorpora entre sus integrantes en calidad de canónigo y Segovia le recibe como Deán. Finalmente, en 1435, el Papa Eugenio IV le llama a integrar el colegio episcopal, asignándole nada menos que la sede de Burgos en la que se desempeñaba su padre Pablo de Santamaría. Desde esta capital burgalesa, Alonso de Cartagena habría de proyectar su gran cultura creando a su alrededor una pléyade de ávidos estudiantes que esperaban completar su formación junto a este egregio obispo humanista.

Todas estas dotes intelectuales estaban en armonía con su aspecto físico, el que venía a completar su prestigio de hombre culto e inteligente. Según el cronista Fernando del Pulgar, era gracioso, bien proporcionado, esbelto y elegante, preocupado de su aseo personal, de sus ropas y muy especialmente, de la limpieza de su mesa y hogar. De trato muy fino, tenía un aire venerable que atraía a todos y ejercía un cierto encanto a los lugares cuando estaba presente, no exento de extraordinario respeto, ya que nadie osaba decir o hacer cosa torpe ante sus ojos. La elegancia y la claridad de su lenguaje agraciaban su autoridad, al tiempo que, al más puro estilo castizo de hablar, ceceaba notoriamente, no perjudicándole en nada esta característica de su dicción. Y aunque en la distancia su apariencia infundía un respeto que lindaba en el temor, sin embargo, en la cercanía parece haber sido un hombre agradable y acogedor9.

3. TAREAS POLÍTICAS

Como era corriente en aquella época, un hombre de Iglesia tan preparado como Alonso de Cartagena, fue llamado por la Corona para ocuparse de importantes tareas políticas, tanto en el papel de asesor como también de encargado de misiones. Le tocó en suerte vivir y participar de algunos sucesos decisivos de la historia política de España y Europa. En 1415, inmediatamente después de haber finalizado sus estudios universitarios, fue nombrado auditor de la Audiencia real y cuatro años más tarde, en 1419, ocupaba una silla en el Consejo Real. Era político prudente, bien informado, muy conectado con la atmósfera de su tiempo, en una época en que Castilla había entrado a una inestabilidad política y social, producto de una profunda contracción económica que afectó a toda Europa.

El rey Juan II le nombró embajador suyo ante la corte de Portugal en 1421, misión que se prolongó por seis años hasta 1427, en los que pudo darse cuenta de los primigenios intereses internacionales portugueses en su proyección africana y atlántico-insular. Asimismo, de 1434 hasta 1439 integró como miembro la legación castellana ante el Concilio de Basilea10.

Su excelente formación humanista y teológica cooperaban satisfactoriamente a sus misiones diplomáticas, entre las que puede recordarse, el avenimiento conseguido gracias a sus auspicios, entre los reyes de Castilla y Portugal en 1411, mediación que evitó la guerra intestina en la península. Después, la ratificación de esta paz en 1423, fue también, en parte, obra suya11.

No puede olvidarse su participación como diplomático en el conflicto que tuvieron el emperador alemán, el habsburgo Alberto II (1438-39) y el rey de Polonia Ladislao III Jagellón (1434-1444); su designación como embajador del rey Juan II y legado del Papa Eugenio IV, lo llevó a trasladarse de Basilea a Breslau para mediar entre ambos contendientes y lograr la paz. Sin duda, gracias a sus grandes dotes, la paz se logró por medio de una conciliación que implicaba la concesión que el emperador hacía de la mano de su hija al monarca polaco.

También, se ha de recordar su intervención en asuntos internos del reino, particularmente los protagonizados por un grupo de nobles rebeldes y don Alvaro de Luna, apoyado por el rey Juan II. Aunque su misión de mediador no alcanzó resultados positivos, debido a la pertinacia y a las ansias de poder que en esas circunstancias se generaron, su participación resulta destacada y su propuesta muy lúcida y prudente.

Como puede apreciarse, no fue un diplomático cuyas misiones se limitaran sólo al uso de la palabra y las acciones. También, su pluma autorizada le prestigiaron con toda razón, apoyado en su extraordinaria sapiencia jurídica y teológica, las dos ciencias más importantes de la época. Durante el Concilio de Basilea, actuando como representante castellano, será la ocasión para lucir su pluma y sabiduría. De gran jerarquía fue la lectura de un discurso muy razonado ante los padres conciliares el 14 de septiembre de 1434, titulado Propositio altercatione praeminentiae sedium inter oratores regum Castillae et Angliae in Concilio basiliense en el que Alonso de Cartagena sale en defensa de la delegación castellana en su prioridad para ocupar los asientos posteriores a los de los representantes franceses, contra la pretensión inglesa. A primera vista, esta discusión puede parecer una disputa puramente administrativa y protocolar referida a un asunto casi honorífico. Como ha señalado M.V. Echeverría Gastelumendi, estando comprometidas cuestiones honoríficas, sin duda, importantes para las delegaciones, la polémica tenía un trasfondo de gran importancia ya que la ubicación de la embajada en uno u otro lugar, afectaba la preferencia que las opiniones de aquélla tuvieran en las discusiones conciliares. Todavía más, dicha colocación tenía directa relación con la posibilidad de obtener la presidencia, en caso de producirse la ausencia de la embajada de Francia. Estaban, pues, en juego variados asuntos que debían cautelarse con agudeza y prudencia12.

La solución no fue fácil debido, como era lógico, a la insistente oposición de los representantes ingleses. Superadas varias votaciones, el Concilio adoptó el 14 de junio de 1436 casi dos años después la decisión de que los embajadores españoles ocupasen los primeros puestos a la derecha de los dignatarios franceses y, por consiguiente, tuvieran asiento en un lugar preferencial respecto a los ingleses. Los argumentos expuestos por el ya obispo de Burgos fueron, pues, acogidos en razón del peso histórico-jurídico de ellos mismos. Esta conquista prestigió grandemente a Alonso de Cartagena en el Concilio, pero también en España, incluso años después de su muerte, cuando Juan Sánchez de Nebreda, posible familiar del prelado, escribió su biografía recordando este episodio como uno de los más notables de su vida13.

4. EL PROBLEMA DE LAS ISLAS CANARIAS14

Basilea fue también el escenario donde se ventiló el problema de la conquista de las islas de Canarias no ocupadas por cristianos, que Portugal y Castilla venían disputando desde la concesión que de ellas había hecho el Papa Clemente VI, a través de la bula Tue devotionis sinceritas en 1344. En esa ocasión el favorecido fue el caballero castellano Luis de la Cerda, concesión que el mismo pontífice se encargó de publicitar y solicitar ayuda15. Interesados como estaban, los portugueses intentaron obtener el dominio de algunas islas por distintos medios: en primer lugar, enviando expediciones de conquista a la Gran Canaria en 1424, 1427 y 1434, después solicitándole al rey de Castilla Juan II en 1425, en 1434 suplicándole al Papa Eugenio IV, el que finalmente las concedió más tarde a través de la bula Romanus Pontifex de 15 de septiembre de 1436.

Puede remontarse el conflicto luso-castellano por las islas, desde el momento en que asciende al poder Don Duarte de Portugal, el 14 de agosto de 1433. El propósito de ganar el archipiélago o parte de él se constituyó en el objetivo geopolítico más importante para el reino en su proyectado expansionismo, a cargo éste del hermano del monarca, el Infante Don Enrique, apodado el Navegante. En efecto, un año después, en 1434, con el respaldo de Don Duarte, el Infante organiza una nueva expedición hacia la Gran Canaria, que finalizó en un rotundo fracaso16.

En consonancia con las prácticas diplomáticas y de acuerdo con el sistema jurídico de la época, Don Duarte toma la decisión de acudir ante el Papa para obtener la cesión de las islas. Aprovechando la ocasión de hacerse representar en el Concilio con una embajada, parte desde Lisboa, en enero de 1436, una comitiva con la finalidad de presentar los respectivos saludos y manifestar la obediencia al Pontífice, como legítimo jefe de la Iglesia. El Papa se encontraba en ese momento, junto con la Curia en Bolonia. Sin duda, esta manifestación de fidelidad, necesaria en esos instantes tan revueltos para la Iglesia, no estaba exento de un interés político concreto y preciso. La ocasión era propicia para mostrar a Eugenio IV los esfuerzos portugueses en su lucha contra los musulmanes norteafricanos y de paso solicitar, además de una bula de cruzada, la concesión de la conquista de las Islas Canarias17.

Los agentes castellanos acreditados en Lisboa debieron informar al rey Juan II de Castilla de las intenciones portuguesas, probablemente a finales de 1435, lo que explica que al comenzar el año siguiente, la embajada castellana en Basilea es reorganizada nombrando como jefe de la legación a Gonzalo Santa María y Gutierrez de Sandoval en reemplazo de Luis Alvarez de Paz, quien es enviado a Bolonia como representante castellano ante la Curia romana. Parece, pues, posible que coetáneamente a estos acontecimientos, Alonso de Cartagena haya recibido el encargo de Juan II, de preparar un dictamen jurídico sobre el problema canario que conocía como ninguno.

En efecto, al haber sido en varias ocasiones embajador en Portugal, el obispo sabía bien los argumentos que los portugueses sostenían y que expondrían ante el Pontífice; evidentemente, en esta ocasión, no tiene conocimiento preciso del tenor ni la precisión de aquellos que escucharía Eugenio IV, pero supone que no podrán ser diferentes a los que ya expuestos en 1345 ante la concesión del Principado de Fortuna hecha en favor de Luis de la Cerda. En aquella ocasión Alfonso IV de Portugal envió una carta al Papa exponiéndole su parecer por la decisión, aduciendo una serie de pruebas a su favor para haber recibido él y no otro la conquista de las islas: primero, el haber sido ellos los primeros en descubrirlas; segundo la mayor proximidad de las costas portuguesas a las Canarias, y tercero, la extensión de la fe católica en los lugares en que ha sido recibida18.

En base a estos argumentos ya conocidos, Cartagena elabora un poderoso documento en el que contesta a dichas pruebas y se extiende largamente sobre el derecho castellano. Presentado éste por el embajador Luis Alvarez de Paz, el resultado fue favorable a Castilla, ya que el Pontífice preparó una nueva bula, la Romani Pontificis, de 6 de noviembre de 1436, en la que anulaba y dejaba sin efecto alguno la concesión hecha a Don Duarte de Portugal. Pero, lo que es más importante, de acuerdo con los argumentos de ambas partes, es que el Papa reconoce al rey castellano su derecho sobre las islas, entre otras causas, porque este derecho se fundaba en el título heredado por su Corona19.

El triunfo castellano se debe no sólo al peso mismo de los hechos, sino, y muy especialmente, a la genialidad persuasiva de Alonso de Cartagena. El documento es una joya jurídica en la que se fundamenta la futura expansión castellana por el Atlántico hasta llegar a las Indias.

* Este artículo forma parte del Proyecto Fondecyt 1960756 que el autor realizó junto al fallecido Dr. Héctor Herrera Cajas (Q.E.P.D.) de la Universidad Católica de Valparaíso bajo el auspicio de Conicyt, Chile. Mis agradecimientos a la Dirección de Investigación de la Universidad del Bío-Bío por el apoyo prestado.

** Presidente de la Sociedad Chilena de Estudios Medievales. Profesor de Historia Medieval en la Universidad del Bío-Bío y de Historia del Derecho y las Ideas Políticas en la Universidad San Sebastián. (E-mail: lrojas@pehuen.chillan.ubiobio.cl ).

1 Kristeller, Paul Oskar, El pensamiento renacentista y sus fuentes, México, 1982. Tb. Renaissance thought. The classic, scholastic and humanist strains, N.York, 1961.

2 Kristeller, P.O., Mediaeval aspects of Renaissance learning, North Carolina, 1974, p. IX et passim. W:Ullmann, The medieval origins of Renaissance, en "The Renaissance. Essays in interpretation", de. A.Chastel, Londres-Nva.York, 1982. Maravall, José Antonio, El pre-renacimiento del siglo XV, en "Academia literaria renacentista", Salamanca, 1983, pp.17-36. Vid. Retamal, Julio, El renacimiento, una invención historiográfica, Universidad Gabriela Mistral, Santiago, 1997.

3 Penna, Mario, Prosistas castellanos del siglo XV, vol.1, Edición y estudio preliminar de M. Penna, Madrid, 1959, pp. 38.9.

4 Rico, Francisco, Nebrija frente a los bárbaros. El canon de los gramáticos nefastos en las polémicas del humanismo, U. De Salamanca, 1978, p. 30 ss.

5 Serrano, R.P. Luciano, Los conversos D. Pablo de Santa María y D. Alfonso de Cartagena, Madrid, 1942. Cantera Burgos, Francisco, Alvar García de Santa María y su familia de conversos. Historia de la judería de Burgos y de sus conversos más egregios, Madrid, 1952.

6 Garcia-jalon De La Lama, S., introducción a De Cartagena, Alonso, Defensorium unitatis christianae, Salamanca, 1990, p. 19.

7 W:ULLMANN, The medieval origins of Renaissance, en "The Renaissance. Essays in interpretation", de. A. Chastel, Londres-Nva.York, 1982, pp. 33-83. Camillo, O.di, El humanismo castellano del siglo XV, Valencia, 1976, p. 16 ss. Maravall, J.A., El prerrenacimiento del siglo XV, en "Estudios de Historia del Pensamiento español", vol. II, Madrid, 1984, p. 13-33.

8 El ingenio se enoja de se ocupar syenpre de una materya y se deleyta con diversas escripturas. Prólogo a la traducción que él mismo hiciera del De senectute de Cicerón. Vid. Tudorica Impey, O., Alfonso de Cartagena, traductor de Séneca y precursor del humanismo español, en "Prohemio", III, 3 (1972), p.476.

9 del Pulgar, Fernando, Claros varones de Castilla, Edición de Robert B.Tate, Madrid, 1985, passim. González Rolan, Tomás, Hernández González, Fremiot, Diplomacia y Humanismo en el siglo XV, Cuadernos de UNED, Madrid, 1994.

10 Salazar, Abdon M., El Impacto humanístico de las misiones diplomáticas de Alonso de Cartagena en la corte de Portugal entre el medievo y el renacimiento (1421-31), en "Medieval Hispanic Studies presented to Rita Hamilton", A. D. Deyermond (ed.), Londres, 1976, pp. 215-26. Suarez Fernández, Luis, Relaciones entre Portugal y Castilla en la época del Infante don Enrique, 1393-1460, Madrid, 1960, p. 40 ss.

11 Ochoa Brun, M.A., La diplomacia española y el renacimiento, en "Diplomacia y Humanismo", Aniel-Quiroga, J.M. - Ochoa Brun, M.A. (eds.), Madrid, Fund. Est. Clásicos, 1989.

12 Echeverria Gaztelumendi, María Victoria, Edición crítica del discurso de Alfonso de Cartagena Propositio super altercatione praeminentiae sedium inter oratores regum Castellae et Angliae in concilio Basiliense: versiones en latín y castellano (Tesis doctoral), Universidad Complutense, Madrid, 1991.

13 Ulterius fuit missus ambaxiator per dictum dominum Iohannem regem ad concilium generale congregatum in Basilea, civitate que est in Alemania. Ubi per multum tempus residens fecit quandam propositionem sollemnem contra anglicos super preheminencia throni et selle ac corone Castelle. In qua quidem propositione evidentissimis rationibus et probabilis argumentis deduxit quomodo rex Castelle debebat et debet in sessione precedere et prior sedere quam rex Anglie. De qua Preheminentia obtinuit sententiam et decisionem cum bulla plumbata pro rege Castelle contra regem Anglorum a dicto concilio. Sanchez de Nebreda, Juan, De actibus reverendisimi in Christo et domini Alfonsi de Cartagena, episcopi Burgensi, editada por Yolanda Espinosa Fernández, La anacephaleosis de Alfonso de Cartagena, Edición, traducción, estudio, 3 vols., (Tesis doctoral) Universidad Complutense, Madrid, 1989, pp. 38-48, apud Diplomacia y Humanismo en el siglo XV (n.9), p.17.

14 El contexto histórico de la disputa por las islas lo he analizado ampliamente en Rojas Donat, Luis, Vigencia de la tradicion jurídica romana a fines de la Edad Media en las allegationes de Alonso de Cartagena, en RHIJ 19 (1996), pp. 239-277. Tb. mi Posesión de territorios de infieles: Las Canarias y las Indias, en Actas del X Coloquio de Historia Canario-americana, Las Palmas de Gran Canaria, 1994, pp. 107-140.

15 Sobre estos detalles de extraordinaria riqueza documental y de gran utilidad da Silva Marques, Joao Martins, Descobrimentos Portugueses. Documentos para a sua história. Vol.1, 1147-1460; suplemento a éste 1057-1460, pp. 87-8. Insustituible por el estudio y los apéndices de fuentes García-Gallo, Alfonso, Las bulas de Alejandro VI y el ordenamiento jurídico de la expansión portuguesa y castellana en Africa e Indias, en AHDE 17-18 (1958), pp. 630-33.

16 Esta noticia se recoge en el discurso de los embajadores portugueses, presididos por el conde de Ourem, leído ante Papa Eugenio IV en agosto de 1436: parata navium et galiarum armaturam classe de consenssu et mandato serenissimi regis Eduardi domini et fratris sui ad preffatas insulas Canarie misit... Biblioteca Vaticana, cod. lat.1932, fol. 99, apud de Witte, C. M., Les bulles pontificales et l'expansion portugaise au XV siècle, Lovaina, 1958, pp.715-17. AA.VV, Monumenta Henricina, Coimbra 1960-73, vol. 5, pp. 254-8.

17 Exorat eciam idem serenissimus princeps eamdem Sanctitatem ut eas insulas quas e manibus infidelium exceperit auctoritatem conquestandi atque retinendi easdem Vestra Sanctitas dignetur eidem regi concedere et graciose elargiri. Apud de Witte, C. M., Les bulles pontificales... (n.16), p.698. Cf. Diplomacia y Humanismo en el siglo XV (n. 9), p. 22.

18 ...quod predictarum insularum fuerunt prius nostri regnicole inuentores...Nos, uero, attendentes quod predicte insule nobis plus quam alicui principi propinquiores existant quodque per nos possent comodius subiugari...pro defensione et dilatatione fidei orthodoxe. Monumenta Henricina (n. 15) 5, pp. 224-30. Tb. García-Gallo, A., Las bulas de Alejandro VI...(n. 15).

19 ...ipsasque litteras et concessionem necnon quecumque inde secuta in hac pro nullis et infectis haberi volumus, decernentes ex nunc irritum et inane quicquid in contrarium...a quoquam, quavis auctoritate, scienter vel ignoranter, contigerit attemptari...Cum, autem, nobis super [constaret] quod carissimus in Christo filius noster Joannes, Castelle et Legionis rex illustris, in prefatas insulas, tum ex antiquo corone sue titulo, tum etiam aliis causis, ius habere...Monumenta Henricina (n.16) 5, pp. 345-7.

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