Durante siglos y hasta una fecha relativamente reciente, en concreto hasta la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/1983 de 25 de junio, por la que se introdujeron algunas reformas en el Código Penal, la práctica de ciertos juegos estuvo castigada en España. Conviene subrayar que las discrepancias entre defensores y detractores de mantener o no la penalización del juego ha sido una constante en el país. Los primeros estimaban que solo con el implacable peso de la ley penal se conseguiría acabar con ese vicio, que provocaba la ruina de un sinnúmero de familias. Los segundos, por el contrario, apelaban a la ineficacia que siempre habían mostrado las leyes represoras y, por eso, defendían que la mejor solución pasaba por la reglamentación del juego y que dejase de ser una materia propia del Derecho Penal para ser objeto de regulación exclusiva por las normas administrativas. Entre esas dos posiciones, el legislador se ha inclinado tradicionalmente por aquélla, pese a que, en diversas ocasiones, se presentaron infructuosamente en las Cortes diversos proyectos legislativos en los que se proponía su legalización, ante la esterilidad de las normas criminales.
For centuries and until relatively recently, specifically to the entry into force of Act 8/1983 of 25 June, which were introduced some reforms in the Criminal Code, the practice of certain games were punished Spain. It should be stressed that the discrepancies between supporters and detractors of maintaining or not the penalty of the game has been a constant in our country. The first believed that only the relentless weight of the criminal law would get away with this vice, which caused the ruin of countless families. The latter, however, appealed to the inefficiency that had always shown repressive laws and, therefore, argued that the best solution was to the regulations of the game and it ceased to be a proper subject of criminal law to be regulated exclusively by administrative rules. Between these two positions, our legislature has traditionally inclined by it, although on several occasions, unsuccessfully presented in Parliament on various bills proposing legalization, with the sterility of the criminal rules.
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