La regulación del concurso medial de delitos conforme a la LO 1/2015 permite la aplicación retroactiva de dicha Ley, incluso en supuestos en los que la penalidad abstracta de las infracciones que concurren sea de mayor gravedad. Para la determinación del carácter más favorable o no de la nueva ley se atenderá al límite mínimo de la infracción más grave (que debe mantenerse �al menos en un día� por debajo de la pena impuesta) y a los criterios de individualización judicial de la pena aplicados en la sentencia.
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