Este trabajo critica alguno de los argumentos utilizados por el Tribunal Constitucional para sostener la constitucionalidad de la Ley 13/2005, de modificación del Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio. La inclusión del matrimonio entre hombres y mujeres en el núcleo esencial de la garantía institucional del matrimonio no impide el reconocimiento del matrimonio homosexual por el legislador, en la medida en que este no afecta al mantenimiento del matrimonio tradicional. Del mismo modo, el matrimonio homosexual no limita el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio con plena igualdad, con lo que no tiene sentido, por tanto, examinar si el matrimonio de personas del mismo sexo infringe el contenido esencial de este derecho
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