Los tratados internacionales de Derechos humanos reconocen el derecho a la vida, pero la mayoría de ellos no determinan si las personas no nacidas quedan comprendidas en su ámbito de aplicación y cuál sería el grado de protección. Ante esta falta de concreción, la interpretación y aplicación de este derecho fundamental realizada por sus órganos de control resulta de especial importancia. El análisis de la jurisprudencia existente al respecto � fundamentalmente, de procedencia europea - nos permitirá contribuir a la delimitación del alcance subjetivo y objetivo de la protección del no nacido.
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