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Resumen de La sexualidad medieval en sus manifestaciones lingüísticas: pecado, delito y algo más

Enrique Montero Cartelle

  • español

    La sexualidad es un factor cultural y, como tal, está sometida a los principios reguladores de la vida en comunidad, y ésta, por su parte, lo está a las normas de convivencia emanadas de la costumbre, de la moral y de la legislación. El análisis en paralelo de esos tres pilares pone de relieve que, salvo en la fase de dominio del derecho consuetudinario, en la que prevaleció la cultura del honor y de la fama, la Iglesia fue determinante en la forma de vivir, de legislar y de expresar la sexualidad. Impuso la concepción estoica de la sexualidad como algo impuro y dictaminó que la única función del sexo era la reproducción, de modo que todo lo que se alejaba de ello era pecado contra natura. La tradición jurídica latino boloñesa convirtió este concepto de �naturaleza� en dominio jurídico y, consecuentemente, en pauta para determinar lo que era o no era delito.

  • English

    Sexuality is a cultural factor and, as such, it is subject to the principles regulating life in the community, which is also subject to the coexistence rules issuing from custom, moral and legislation. The parallel analysis of these three pillars comes to prove that, except for the period of the rule of consuetudinary law, during which the culture of honour and fame prevailed, it was the Church that determined the way of life, the way to legislate and the way to express sexuality. It imposed the stoic conception of sexuality as something impure and established that sex was only intended for reproduction; hence, anything other than that was a sin against nature.

    The Latin- Bolognese juridical tradition turned this concept of �nature� into a juridical concept, transforming it, subsequently, into a clue to determine whether something was or not a crime.


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