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Resumen de Delincuencia informática: daños informáticos del artículo 264 del Código penal y propuesta de reforma

Jorge Alexandre González Hurtado

  • español

    La presente tesis doctoral tiene como objetivo orientar al lector en la dirección que ha marcado el legislador a la hora de regular ciertos tipos penales relacionados con las nuevas tecnologías que han sido inéditos en nuestro Derecho penal hasta hace poco menos de dos décadas. Sin llegar a afirmar que el Derecho de la informática es la más innovadora de las ramas del Derecho no cabe duda de que ocupa ya un puesto de muy elevado protagonismo entre las ramas jurídicas, tanto por su rápida expansión como por su transversalidad, al afectar a materias de todos los ámbitos. Resulta impensable que dicha expansión del Derecho de la Informática no se produjese también en el ámbito penal, operando ciertos cambios en nuestro vigente Código penal. La regulación concreta de los daños informáticos en nuestro país, ubicados en el artículo 264 del Código penal, será el objeto central de nuestro análisis a lo largo de esta investigación.

    El nuevo texto del artículo 264 del Código penal español, producto de la reforma operada por la LO 5/2010 de 22 de junio de Reforma del Código penal, establece un marco notablemente desarrollado en comparación con la tipificación que de los llamados daños informáticos se hacía en la anterior regulación. La selección del artículo 264 del Código penal objeto de análisis responde al interés que suscita el estudio de ciertas situaciones a las que nuestra extensa doctrina penalista no ha dedicado demasiadas líneas por el momento. No es un secreto que el desarrollo de las nuevas tecnologías en las dos últimas décadas se ha producido con una velocidad vertiginosa, y situaciones impensables hasta hace poco tiempo se producen hoy en día con, cada vez, mayor frecuencia. Esta investigación, como ya hemos avanzado, se centra en los tipos penales del artículo 264 CP, de los que poco a poco se va encontrando una creciente y real repercusión en la práctica jurídica a pesar de algunos hándicaps que los rodean, pudiendo señalar, de forma muy general, al menos dos de ellos: el primero es que las acciones que pueden ser incluidas en estos tipos penales se producen -por el momento- con escasa frecuencia en la sociedad actual o, más correctamente, es poca la frecuencia de los casos en los que los afectados son conscientes de estar siendo víctimas de una acción delictiva; el segundo motivo es que las acciones perseguibles que se puedan producir, a menudo quedan restringidas al ámbito privado de los afectados, pues desconocen la protección que el ordenamiento jurídico les ofrece, o esa protección es insuficiente o, a la hora de la verdad, inexistente y por lo tanto la descartan.

    Sobre la estructura de la investigación podemos avanzar que el desarrollo de los capítulos segundo y tercero pretende profundizar sobre la regulación penal en torno a los abusos informáticos en general, partiendo de la fijación del origen (internacional) de la regulación penal de estas figuras para luego adentrarnos en la normativa española. Se analiza el Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa de Budapest de 23 de noviembre de 2001, que se ha consolidado como la mejor herramienta de trabajo para los Estados participes en la lucha contra la delincuencia informática; y la Decisión Marco 2005/222/JAI del Consejo de la Unión Europea de 24 de febrero, que es el instrumento básico que ha motivado la actual regulación penal en nuestro país. En el capítulo tercero, además, se da paso al análisis esencialmente jurídico-penal de las figuras recogidas en el Código penal relativas a los daños informáticos, ésta será una parte fundamental del contenido de la presente investigación. Se analizará el bien jurídico protegido, los elementos de la acción típica (que veremos, no son pocos), las modalidades comisivas, el análisis de los sujetos, el tipo subjetivo, las circunstancias modificativas, etc. Los capítulos cuarto y quinto, con los que se pone fin a la investigación antes de enunciar las conclusiones, van tratar de poner de manifiesto la realidad de la delincuencia informática en contraste con el marco penal establecido, verificando los problemas que encuentra la actual regulación en su aplicación por los operadores del Derecho y por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y las soluciones que pueden tratar de mitigar estos efectos negativos de la regulación. El capítulo quinto concluye con la proposición de un nuevo marco penal para los delitos de daños informáticos y otras acciones conexas. Esta propuesta, si bien se encuentra incardinada en el último capítulo, trata de responder a los problemas que se han ido suscitando a lo largo de la investigación, de forma que pueda llegar a constituir una referencia para el legislador en el futuro. Además, hemos querido dedicar el capítulo primero a una extensa introducción y puesta en situación del ámbito en que estos delitos se desarrollan, es decir, el campo de la informática como ciencia. Creemos que la envergadura y problemática que suscita la materia objeto del presente trabajo de investigación excede los límites estrictamente jurídico-dogmáticos del mismo, por lo que se ha otorgado el suficiente desarrollo a otras cuestiones importantes que se encuentran inexorablemente conectadas con la figura de los daños informáticos.

    Se debe señalar que la aparición de Internet y el llamado ciberespacio se ha convertido, a la vez que en una herramienta fundamental, en el origen de un cúmulo de situaciones que requieren nuevas soluciones desde la perspectiva jurídica, ya sea en el ámbito penal que en esta investigación va a ser tratado, como en el administrativo, civil, mercantil e incluso constitucional. Por todo ello, debe entenderse esta investigación como un aporte al Derecho penal clásico con el objeto de integrar en el mismo figuras derivadas de una sociedad en evolución constante.

  • English

    On this dissertation we intend to make an overview of cybercrime in the present and analyze the legal regulation of the criminal offense of computer damage, legislated in the article 264 in the LO 10/1995 of November 23rd, in the SPANISH PENAL CODE, this article has been widely expanded by LO 5/2010 of June 22nd on the reform of the Spanish Penal Code and propose a change of view based clustering of these crimes under a new collective legal right.


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