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La Constitución económica: (un esbozo desde el derecho constitucional argentino)

  • Autores: Germán Bidart Campos
  • Localización: Cuestiones constitucionales: revista mexicana de derecho constitucional, ISSN 1405-9193, ISSN-e 2448-4881, Nº. 6, 2002, págs. 4-16
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El autor aborda el estudio de parte de la Constitución argentina reformada en 1994 y conocida como "Constitución económica". Una vez que las normas de la Constitución formal quedan reconocidas como jurídicas y como "derecho" que obliga y vincula, todo cuanto en ella se relacio-na con la actividad económica y financiera, con los recursos y los gastos, y con la hacienda pública, debe subordinación a la Constitución. Lejos de componer un ámbito separado o independiente, la Constitución económica confiere efectividad a los derechos y a las instituciones constitucionales. En ella se insertan los derechos sociales, económicos y culturales, así como aquellos derechos que necesitan para disfrute y ejercicio de los condicionamientos socioeconómicos que resulten favorables y funcionales. Las políticas públicas deben tener muy en cuenta esta regulación constitucional de lo económico-financiero, siempre a tono con lo que hoy se denomina Estado social y democrático de derecho.


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