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El acceso de los fiduciarios mortis causa (y otros) a los activos digitales de sujetos fallecidos o incapacitados. nota a la ley modelo americana sobre acceso de los fiduciarios a los activos digitales (UFADAA)

  • Autores: Pascual Martínez Espín
  • Localización: Revista CESCO de Derecho de Consumo, ISSN-e 2254-2582, Nº. 15, 2015 (Ejemplar dedicado a: FACTURAS ELECTRÓNICAS; LEY MODELO AMERICANA SOBRE ACCESO DE LOS FIDUCIARIOS A LOS ACTIVOS DIGITALES; CROWDLENDING; COMPRAS POR INTERNET; RESOLUCION DE CONFLICTOS; OTROS), págs. 7-24
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El presente comentario tiene por objeto la Ley americana de acceso del fiduciario a los activos digitales elaborada por la Uniform Law Commission (ULC), también conocida como National Conference of Commissioners on Uniform State Laws (NCCUSL), aprobada el 16 de julio de 2014 y ratificada por una gran parte de Estados Federales hasta la actualidad[1]. La finalidad de esta Ley es conceder a los fiduciarios autorizados la posibilidad de acceder, controlar, copiar o distribuir el activo digital del fallecido o incapaz. La Ley se aplica sólo a fiduciarios, los cuales siempre deben actuar en el marco de sus obligaciones. Se trata, pues, de suprimir barreras de acceso de un fiduciario a registros electrónicos, sin afectar a otras leyes (vgr. sucesiones, privacidad, propiedad intelectual, etc.). El interés de este tema radica también en la intención de Europa y, en particular, del European Law Institute de redactar una propuesta similar que regule el acceso de los fiduciarios a los activos digitales


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