La estructura normativa del principio de culpabilidad determina su forma de aplicación. Luego, si el principio de culpabilidad es propiamente un principio, no puede entonces fungir como una regla.
Tampoco como �bastión infranqueable de limitación de la intervención jurídica estatal�, en el sentido de la doctrina mayoritaria. Pues los principios son normas que sólo permiten una realización gradual y relativa, en el caso concreto, a través de su ponderación.
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