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Justicia y poder judicial: radiografía de una crisis cronificada

  • Autores: Juan Fernando López Aguilar
  • Localización: Nuevas Políticas Públicas: Anuario multidisciplinar para la modernización de las Administraciones Públicas, ISSN-e 1699-7026, Nº. 5, 2009, págs. 11-26
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • La Justicia, además de reflejar una virtud cardinal, una aspiración valorativa de equidad y bienestar, convoca a ejercitar una de sus funciones distintivas: resolver pleitos y conflictos intersubjetivos (entre particulares, o entre éstos y los poderes públicos) conforme a Derecho, en aplicación del Derecho, a través de la dicción de lo que el Derecho dice: eso es, exactamente, la jurisdicción. El Poder Judicial ejerce la potestad frente a las partes y a cualesquiera otros poderes públicos o privados. Un rasgo distintivo del sistema judicial español reside en que responde a expresas formulaciones constitucionales, que, a su vez, remiten el grueso de su regulación a una fuente específica: la ley orgánica. A ella le encomienda la Constitución que defina las reglas de jurisdicción y competencia de Juzgados y Tribunales, el estatuto de jueces y magistrados, de la administración de Justicia y de la función de gobierno interno de la judicatura (acceso, ascensos, inspección, disciplina y sanciones). Medidas que, según la Constitución, habrá de completar también la ley estatal en lo relativo a la definición de la Planta (conjunto de los órganos judiciales) y demarcación (ámbito territorial que corresponde a cada uno). El trabajo aborda todas estas cuestiones.


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