Mientras se implementa el Código Único de Procedimiento Oral, basado en una o dos audiencias, y atendiendo a que los jueces pueden contribuir de manera eficiente en la remoción de dos de las principales causas identificadas de la congestión, es posible que el juez contencioso atenúe el "excesivo ritualismo" e incida en el comportamiento procesal de las partes, al obtener su colaboración eficaz. Se plantea, como medida de descongestión, que ejerza una verdadera dirección del proceso en dos fases criticas: en la etapa de la admisión de la demanda, mediante la verificación estricta de los presupuestos procesales, y, posteriormente, con la implantación de buenas prácticas reducir y agilizar el período probatorio, que va a evitar trámites inútiles y dilatorios. Se destaca la utilidad de la comunicación vía telefónica con los usuarios y los beneficios de un sinnúmero de verificaciones previas.
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