El principio de la responsabilidad patrimonial de la Administración proclamado por la Constitución Española, y desarrollado por la Ley 30/92, es una aplicación específica del principio universal de la responsabilidad civil extracontractual o aquiliana del artículo 1902 del Código civil. Esta responsabilidad patrimonial de la Administración es directa, con independencia de que la actuación de la Administración tenga o no su origen en un hecho antijurídico.
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