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Los complementos de las Comunidades Autónomas a las pensiones no contributivas: un impulso a un nuevo modelo de asistencia social

  • Autores: Manuel Carrasco Durán
  • Localización: Nuevas Políticas Públicas: Anuario multidisciplinar para la modernización de las Administraciones Públicas, ISSN-e 1699-7026, Nº. 2, 2006 (Ejemplar dedicado a: Los derechos sociales), págs. 198-225
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Los complementos de las Comunidades Autónomas a las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez son asignaciones económicas reguladas y otorgadas por aquéllas a quienes tienen la condición de beneficiarios de tales pensiones con arreglo a las normas que las regulan y que se caracterizan por tener naturaleza extraordinaria y agotarse en un pago único a cargo de los presupuestos de las propias Comunidades Autónomas. El presente trabajo versa sobre el régimen competencial de este tipo de asignaciones económicas y sobre la trascendencia real de la actividad de las Comunidades Autónomas de cara a preverlas y otorgarlas.

      Como es conocido, la controversia acerca de si las competencias de las Comunidades Autónomas alcanzaban la facultad de prever complementos económicos cuyos destinatarios fueran los beneficiarios de pensiones no contributivas fue resuelta por la STC 239/2002. La cuestión central es definir la materia "asistencia y servicios sociales" que constituye el objeto de la competencia autonómica y delimitarla respecto de la materia "Seguridad Social", acerca de la cual corresponde al Estado la competencia para establecer la legislación básica y régimen económico, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades.


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