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La firma electrónica de la persona jurídica: una alteración del sistema clásico de representación

  • Autores: Javier López-Galiacho Perona
  • Localización: Boletín del Ministerio de Justicia, ISSN-e 0211-4267, Año 59, Nº 1999, 2005, págs. 3887-3907
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Esta aportación doctrinal estudia la Ley 59/2003, de firma electrónica, que ha reconocido en nuestro Ordenamiento jurídico la firma electrónica de la persona jurídica. Dicha previsión se desconoce en los países de nuestro entorno que han regulado la prestación del consentimiento por medios telemáticos o electrónicos. El legislador español ha terminado creando una modalidad de manifestación del consentimiento desconocida en nuestro Derecho y que altera el sistema clásico de representación, pues la persona jurídica nunca ha tenido firma, y sí, en cambio, la persona física que la representa o apodera.


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