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Cristina Fernández-Pacheco Estrada
  • Area de Derecho Penal- Facultad de Derecho
    Universidad de Alicante
    Campus de San Vicente
    03080 Alicante
    Spain
The gravity of the crime committed has been considered ‘a factor of fundamental importance’ when deciding the early release of a person convicted by the ad hoc tribunals. Hence, most of the decisions rendered by the International Criminal... more
The gravity of the crime committed has been considered ‘a factor of fundamental importance’ when deciding the early release of a person convicted by the ad hoc tribunals. Hence, most of the decisions rendered by the International Criminal Tribunal for the former Yugoslavia, for Rwanda and the International Residual Mechanism for Criminal Tribunals include this factor and determine whether it weighs in favour of or against early release. Conversely, when deciding the reduction of the sentence in the case of Thomas Lubanga, the International Criminal Court Panel stated in 2015 that ‘unlike at other international criminal tribunals, the gravity of the crime committed is not a factor that in itself weighs for or against reduction of sentence’. In fact, none of the decisions delivered by the International Criminal Court to date mention gravity. This drastic change reflects the differences in the corresponding statutes and rules of procedure and evidence and ultimately seeks to avoid a double count since the gravity of the crime committed is arguably the most important factor in the determination of the sentence. This divergence is examined in greater detail in this article, drawing on comparative, empirical research to establish the role played by gravity in early release decisions. Ultimately, it is argued that although the explanatory power generally attributed to gravity is often overrated, it is essential to a thorough early release assessment, whether included as a prerequisite per se or indirectly integrated into a wider prognosis of the risk of recidivism.
En ocasiones, una aplicación literal del precepto penal permite el castigo de conductas leves, inmorales o socialmente reprobables, pero de dudosa relevancia penal. En teoría, el principio de intervención mínima reserva la acción penal a... more
En ocasiones, una aplicación literal del precepto penal permite el castigo de conductas leves, inmorales o socialmente reprobables, pero de dudosa relevancia penal. En teoría, el principio de intervención mínima reserva la acción penal a los ataques más graves contra los bienes jurídicos más importantes. Doctrina y jurisprudencia mayoritaria coinciden al entender que este principio se dirige prioritariamente al legislador, que debe construir la política criminal teniendo en cuenta este límite. Más dudas hay sobre si los jueces pueden también recurrir al principio de intervención mínima y con qué efectos. En este contexto, tras exponer el origen, contenido y vertientes tradicionalmente atribuidos a este principio, en este trabajo se examina el estado del debate a propósito de su destinatario. Tras constatar las escasas referencias a este principio en las reformas penales de la última década, se examina su papel en la jurisprudencia a partir del análisis de 287 sentencias del Tribunal Supremo y de Audiencias Provinciales en las que se emplea este principio, determinando que, aunque más de la mitad de las sentencias rechazan aplicarlo, un elevado porcentaje de ellas esgrime el principio para fundamentar una interpretación restrictiva que permite concluir la atipicidad de la conducta en estos supuestos de menor entidad.
Early release has been regularly granted by the ad hoc tribunals for over 20 years. However, it could be argued that some issues still remain contentious. In fact, in May 2020, the Practice Direction ruling early release in the Mechanism... more
Early release has been regularly granted by the ad hoc tribunals for over 20 years. However, it could be argued that some issues still remain contentious. In fact, in May 2020, the Practice Direction ruling early release in the Mechanism of the International Criminal Tribunals was amended. This was intended to clarify key matters, such as the time needed to be served before early release, the possibility of imposing conditions upon those released, and the unappealable character of the resulting decision. At a glance, it could be argued that the International Criminal Court is better equipped to confront the many challenges posed by early release. This is owing to its detailed regulation, which may consequently lead to a more reasoned and solid case law. After comparatively examining ten features key to the application of early release, however, this paper argues that the ultimate problem lies within the nature generally conferred to early release in the Rome Statute.
El delito de genocidio se regula en el Codigo Penal espanol como una serie de actos dirigidos a destruir algunos grupos, entre los que figuran los religiosos. Sin embargo, hasta el momento no se ha llevado a cabo por parte de los... more
El delito de genocidio se regula en el Codigo Penal espanol como una serie de actos dirigidos a destruir algunos grupos, entre los que figuran los religiosos. Sin embargo, hasta el momento no se ha llevado a cabo por parte de los tribunales nacionales ni internacionales un desarrollo suficiente de esta categoria. Ante las dudas surgidas en la aplicacion del precepto es posible plantear en Espana la posibilidad de recurrir a la dilatada experiencia de doctrina y jurisprudencia recaida en ambitos ajenos al penal. En este contexto, el objetivo del presente trabajo es determinar si las principales conclusiones alcanzadas pueden efectivamente ser de utilidad en el esclarecimiento del concepto de grupo religioso como victima del delito de genocidio.
El articulo 4.3 del Codigo Penal habilita a los jueces para solicitar el indulto “cuando la pena sea notablemente excesiva, atendidos el mal causado por la infraccion y las circunstancias personales del reo”. Es decir, el ordenamiento da... more
El articulo 4.3 del Codigo Penal habilita a los jueces para solicitar el indulto “cuando la pena sea notablemente excesiva, atendidos el mal causado por la infraccion y las circunstancias personales del reo”. Es decir, el ordenamiento da a los jueces una valvula de escape en aquellos casos donde perciben un conflicto entre legalidad y equidad. En este trabajo se examinan 305 sentencias en las que el organo sentenciador propone el indulto por entender que concurren este tipo de razones. El analisis de aspectos como los delitos y las penas sobre los que recae la propuesta y los motivos esgrimidos para fundamentarla permite concluir que estas peticiones no solo ponen de manifiesto la desproporcion de la pena en sentido estricto, sino tambien otras razones que, en ultima instancia, apuntan a la heterogeneidad de funciones que se atribuyen al indulto a instancia judicial.
Este trabajo se ha desarrollado en el marco de los proyectos de I+D GV/2016/085 La gestion de los antecedentes penales como medio de prevencion del delito, dirigido por la autora y financiado por la Generalitat Valenciana y DER2014-54764... more
Este trabajo se ha desarrollado en el marco de los proyectos de I+D GV/2016/085 La gestion de los antecedentes penales como medio de prevencion del delito, dirigido por la autora y financiado por la Generalitat Valenciana y DER2014-54764 Derechos del condenado y limites derivados de la necesidad de pena, dirigido por la Profa. Dra. Carmen Juanatey Dorado y financiado por el Ministerio de Economia y Competitividad.
En un panorama legal en el que es frecuente la regulacion de conductas muy similares como infraccion administrativa e ilicito penal, resulta especialmente importante la correcta configuracion de aquellos mecanismos que permitan hacer... more
En un panorama legal en el que es frecuente la regulacion de conductas muy similares como infraccion administrativa e ilicito penal, resulta especialmente importante la correcta configuracion de aquellos mecanismos que permitan hacer efectivo el derecho de todo ciudadano a no ser sancinado dos veces por los mismos hechos (el llamado principio ne bis in idem, sin dejar de lado el necesario respeto de la primacia de la jurisdiccion penal sobre la administrativa. En este contexto, las Sentencias 177/1999 y 2/2003 del Tribunal Constitucio-nal ofrecen dos alternativas de actuacion ante situaciones de hecho analogas. El analisis de estas sentencias, asi como de la reaccion doctrinal que han suscitado, equivale, por tanto, a plantear como debe resolverse el conflicto suscitado entre la regla de prevalencia y el principio ne bis in idem, en casos donde media sancion administrativa pero existen indicios de delito o, incluso, se ha dado tramite al procedimiento ante las autoridades penales. E...
El presente trabajo de investigacion tiene por objeto alcanzar una definicion clara y completa del delito de genocidio a partir del interes protegido por la norma, con el objetivo de dotar de cierta uniformidad a su interpretacion. En... more
El presente trabajo de investigacion tiene por objeto alcanzar una definicion clara y completa del delito de genocidio a partir del interes protegido por la norma, con el objetivo de dotar de cierta uniformidad a su interpretacion. En este sentido, la CPI constituye el marco de referencia. Por ello, su Estatuto es analizado con especial atencion, en particular en lo referido a los principios que limitan su interpretacion (principio de legalidad, prohibicion de la analogia, etc.). El nucleo del trabajo se destina, en consecuencia, a la determinacion y definicion del bien juridico protegido por el delito que, segun lo sostenido, habra de estar articulado en torno al concepto de grupo. Una vez establecido dicho valor y los terminos en que debe concebirse, se exponen una serie de consecuencias dogmaticas encaminadas a tratar de resolver la conflictiva diferenciacion del genocidio y los crimenes de lesa humanidad, el momento de la consumacion, los concursos suscitados y la determinacion ...
Tras la ratificacion por Espana de las historicas Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, se plantea la disyuntiva de si proceder a implementar su contenido en el Codigo Penal espanol, en particular en lo que... more
Tras la ratificacion por Espana de las historicas Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, se plantea la disyuntiva de si proceder a implementar su contenido en el Codigo Penal espanol, en particular en lo que concierne a la definicion del crimen de agresion. Se trata de un delito complejo y muy politizado, para cuya definicion han sido necesarias decadas de esfuerzos diplomaticos y academicos. Por ello, procede examinar los aspectos basicos de la formulacion del delito tal y como fue aprobada en Kampala, para posteriormente valorar la oportunidad y modo de llevar a cabo su transposicion, de forma respetuosa tanto al espiritu de las Enmiendas, como a los principios de nuestro sistema.
In assessing whether there is fragmentation in the implementation of genocide, one first needs to identify the starting point. This chapter focuses on the deviations introduced through autonomous regulation of the crime of genocide,... more
In assessing whether there is fragmentation in the implementation of genocide, one first needs to identify the starting point. This chapter focuses on the deviations introduced through autonomous regulation of the crime of genocide, analysing separately the modifications affecting the list of groups, the underlying offences and other elements by providing that both the direct application of customary international law and the reference to international law lead to a more uniform regulation. It examines the Spanish interpretation of the 'national group' and the German conception of the 'destruction' intended in the crime of genocide. Genocide is widely considered as the 'crime of crimes', somehow closer to a moral qualification than to a crime. National developments can embrace elements unduly left out in the drafting of the Convention, but they can also improve the wording and the interpretation of the crime of genocide. Keywords:fragmentation; genocide; international crimes; international law; national prosecution; physical destruction
In recent years some measures have been adopted in order to try to alleviate the impunity of crimes committed during the Spanish Civil War and Francoism (in particular, the so-called "Historical Memory Act" of 2007).... more
In recent years some measures have been adopted in order to try to alleviate the impunity of crimes committed during the Spanish Civil War and Francoism (in particular, the so-called "Historical Memory Act" of 2007). Nonetheless, in the field of criminal law, the only existing resolution was the amnesty law of 1977, which left, among others, more than 100,000 cases of forced disappearances without punishment. In recent years, there have been various attempts to initiate criminal proceedings in relation to some of them. This work exposes the numerous obstacles that these attempts have faced, addressing issues such as the controversial recourse to the category of crimes against humanity in the legal qualification of the facts, the issue of statute of limitation or the extension of the amnesty, as much in the cases of enforced disappearances as in those of the so-called "stolen babies".Sebbene negli ultimi anni siano state adottate alcune misure per cercare di allev...
Early release has been regularly granted by the ad hoc tribunals for over 20 years. However, it could be argued that some issues still remain contentious. In fact, in May 2020, the Practice Direction ruling early release in the Mechanism... more
Early release has been regularly granted by the ad hoc tribunals for over 20 years. However, it could be argued that some issues still remain contentious. In fact, in May 2020, the Practice Direction ruling early release in the Mechanism of the International Criminal Tribunals was amended. This was intended to clarify key matters, such as the time needed to be served before early release, the possibility of imposing conditions upon those released, and the unappealable character of the resulting decision. At a glance, it could be argued that the International Criminal Court is better equipped to confront the many challenges posed by early release. This is owing to its detailed regulation, which may consequently lead to a more reasoned and solid case law. After comparatively examining ten features key to the application of early release, however, this paper argues that the ultimate problem lies within the nature generally conferred to early release in the Rome Statute.
According to the news published by different media, from the 1950s to the 1990s in Spain, there was a criminal network in different hospitals all over the country devoted to stealing new-borns to give them away through illegal adoptions... more
According to the news published by different media, from the 1950s to the 1990s in Spain, there was a criminal network in different hospitals all over the country devoted to stealing new-borns to give them away through illegal adoptions while informing the biological family that the baby had passed away. It was an allegedly highly profitable business, deeply rooted in Francoist and post-Francoist society. Although more than a thousand claims have been brought before Spanish tribunals, not a single case has yet been proved, and the first judgement delivered will need to be revised since new evidence has shown that it was not a child abduction but an irregular, though consented, adoption. Nevertheless, Parliament recently started discussions on an ambitious law to address these cases. In this article, the different measures adopted by the judiciary, legislative and executive branches to confront these accusations are examined, presenting the unexpected results that have been obtained thus far. In a second part, the considerable legal challenges in prosecuting the illegal conduct are addressed, namely, the conflictive characterization of such conduct according to Spanish law and the applicability of statutory limitations. The paper finishes with a critical analysis of the first judgement delivered on the matter.
In the Katanga and Bemba trial judgments, the International Criminal Court was faced with the problem of how to resolve cumulative convictions based on the same set of facts. The Court decided to adopt the Čelebići test, which was... more
In the Katanga and Bemba trial judgments, the International Criminal Court was faced with the problem of how to resolve cumulative convictions based on the same set of facts. The Court decided to adopt the Čelebići test, which was developed and applied predominantly by the ad hoc international tribunals and based on US case law. The present paper challenges the suitability of this test in international criminal law, pointing out the problems it raises in international and national criminal law. In this regard, evidence is furnished that this test is not prevailing in the United States, and other tests and principles used in domestic criminal law are examined. Ultimately, a test meant to address the possible breach of the ne bis in idem principle cannot rely exclusively on speciality and implementing additional principles such as consumption or subsidiarity may enhance international standards, adding much needed nuances in the intricate task of determining separateness of offences. Without knowledge of the real and the existing, without comparison of different legislations, without knowledge of their relation to the various conditions of peoples according to time, climate and constitution, a priori nonsense is inevitable. 1
Research Interests:
El artículo 4.3 del Código Penal habilita a los jueces para solicitar el indulto “cuando la pena sea notablemente excesiva, atendidos el mal causado por la infracción y las circunstancias personales del reo”. Es decir, el ordenamiento da... more
El artículo 4.3 del Código Penal habilita a los jueces para solicitar el indulto “cuando la pena sea notablemente excesiva, atendidos el mal causado por la infracción y las circunstancias personales del reo”. Es decir, el ordenamiento da a los jueces una válvula de escape en aquellos casos donde perciben un conflicto entre legalidad y equidad. En este trabajo se examinan 305 sentencias en las que el órgano sentenciador propone el indulto por entender que concurren este tipo de razones. El análisis de aspectos como los delitos y las penas sobre los que recae la propuesta y los motivos esgrimidos para fundamentarla permite concluir que estas peticiones no sólo ponen de manifiesto la desproporción de la pena en sentido estricto, sino también otras razones que, en última instancia, apuntan a la heterogeneidad de funciones que se atribuyen al indulto a instancia judicial.

Article 4.3 of the Criminal Code enables judges to request a pardon “when the penalty is remarkably exceeding, given the harm caused by the crime and the criminal’s personal circumstances”. This means that the laws grant the judges an escape mechanism to resort to in the cases where they perceive a conflict between legality and fairness. In this paper, 305 judgements where a pardon is requested by the tribunal are examined, in the understanding that such reasons apply. The analysis of matters such as the crimes and penalties for which the pardon is requested or the motives put forward to substantiate it shows that pardon requests are not only based on the disproportion of the penalty stricto sensu, but also other reasons that ultimately point at the heterogeneous functions attributed to the pardon.
El delito de genocidio se regula en el Código Penal español como una serie de actos dirigidos a destruir algunos grupos, entre los que guran los religiosos. Sin embar­ go, hasta el momento no se ha llevado a cabo por parte de los... more
El delito de genocidio se regula en el Código Penal español como una serie de actos dirigidos a destruir algunos grupos, entre los que  guran los religiosos. Sin embar­ go, hasta el momento no se ha llevado a cabo por parte de los tribunales nacio­ nales ni internacionales un desarrollo su ciente de esta categoría. Ante las dudas surgidas en la aplicación del precepto es posible plantear en España la posibilidad de recurrir a la dilatada experiencia de doctrina y jurisprudencia recaída en ámbi­ tos ajenos al penal. En este contexto, el objetivo del presente trabajo es determi­ nar si las principales conclusiones alcanzadas pueden efectivamente ser de utili­ dad en el esclarecimiento del concepto de grupo religioso como víctima del delito de genocidio.
Desde 2015, a los condenados por delitos sexuales les está vetado acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores. Esta prohibición se produce de forma automática a resultas de la... more
Desde 2015, a los condenados por delitos sexuales les está vetado acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores. Esta prohibición se produce de forma automática a resultas de la condena penal, conectada por tanto a los antecedentes penales, y tiene una duración de hasta 30 años. Sin embargo, no se encuentra prevista en el Código Penal, no la impone un juez y no se considera pena ni medida de seguridad, sino, más bien, una medida administrativa de prevención. Así, la recoge una ley ordinaria y la desarrolla un Real Decreto, cuestionando el respeto al principio de legalidad. Además, esta inhabilitación coincide en su contenido con otras previstas en el Código Penal, que, no obstante, difieren en su duración. Constituye, así, un nuevo y flagrante ejemplo de deficiente técnica legislativa, así como una confirmación más de la tendencia punitivista imperante que, en última instancia, muestra hasta qué punto se encuentran cuestionados en la actualidad principios de la importancia de la orientación de las penas a la reinserción.
Desde hace unos años, el gobierno español viene planteando la creación de registros de delincuentes sexuales como forma de prevención de nuevos casos. Dado que los detalles de su configuración todavía no se conocen, surgen toda una serie... more
Desde hace unos años, el gobierno español viene planteando la creación de registros de delincuentes sexuales como forma de prevención de nuevos casos. Dado que los detalles de su configuración todavía no se conocen, surgen toda una serie de incógnitas al respecto. En última instancia, la gran pregunta es si se trata de una herramienta adecuada para la prevención de delitos en general y, sobre todo, si esta iniciativa tiene encaje en el marco de nuestro ordenamiento. En este contexto, resulta especialmente oportuno examinar la experiencia de otros países en la aplicación de esta medida. Destaca en este sentido el caso estadounidense, donde los registros se emplean desde hace décadas, son de acceso público en Internet y llevan aparejados otras gravosas medidas como la notificación a la comunidad o las restricciones en el establecimiento de domicilio.
Research Interests:
EE.UU. es una de las democracias con mayores tasas de encarcelamiento del mundo. No obstante, el problema no son sólo las dimensiones de su población penitenciaria -que, en 2010, superó los 7 millones de personas-, sino el enorme... more
EE.UU. es una de las democracias con mayores tasas de encarcelamiento del mundo. No obstante, el
problema no son sólo las dimensiones de su población penitenciaria -que, en 2010, superó los 7 millones de
personas-, sino el enorme incremento de la que esta ha sido objeto en las últimas décadas y su concreto
perfil. Según los estudios existentes, el denominado fenómeno de la encarcelación masiva ha recaído con
especial virulencia sobre un sector de la población: los hombres jóvenes afroamericanos que residen en
grandes ciudades.
En este contexto, el objetivo del trabajo es ofrecer una visión actualizada de la política criminal
estadounidense, examinando las causas y las consecuencias de la encarcelación masiva, a partir de las
contribuciones de los más importantes representantes de la doctrina norteamericana.
En este sentido, se examina el debate existente en EE.UU. acerca del papel del componente racial, que para
algunos autores equipararía la encarcelación masiva a una nueva forma de segregacionismo. También se
analizan con cierto detenimiento algunos problemas surgidos en la ejecución de las penas de prisión, como
la violencia sexual en los centros penitenciarios o el abuso del cumplimiento en régimen de aislamiento.
El interés de este trabajo en el contexto español es evidente, habida cuenta del rumbo netamente punitivista
emprendido por el legislador nacional. Así, la conclusión alcanzada tras el estudio del caso estadounidense
es precisamente que las consecuencias de una política criminal punitivista resultan difícilmente asumibles
en democracia.
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