El Derecho preexiste a la Justicia
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Resumen
El autor, en homenaje al profesor Javier Hervada y con ocasión de una tesis doctoral sobre John Finnis defendida recientemente en la Universidad de Navarra, parte de la distinción entre derecho y moral para analizar la relación entre el iusnaturalismo y la ley natural, que engloba contenidos no solo jurídicos sino también morales.
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Referencias
Cruz Prados, A., «La ausencia del ‘derecho natural’ en ‘Ley natural y derechos naturales’ », Persona y Derecho, 82 (2020/1). https://doi.org/10.15581/011.82.009
Finnis, J., Natural Law and Natural Rights, Clarendon Press, Oxford, 1980.
Finnis, J., «Derechos e injusticias del aborto: réplica a Judith Thomson», en Filosofía del derecho, Fondo del Cultura Económica, México, 1980.
Finnis, J., Ley natural y derechos naturales, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 2000.
Habermas, J., Entre naturalismo y religión, Paidós, Barcelona, 2006.
Hermida del Llano, C., Derecho y moral. Una relación desnaturalizada, Fundación Coloquio Jurídico Europeo, Madrid, 2012.
Hervada, J., «Apuntes para una exposición del realismo jurídico clásico», Persona y Derecho, 18 (1988).
Kaufmann, A., «Die ‘ipsa res iusta’. Gedanken zu einer hermeneutischen Rechtsontologie », en Festschrift für Karl Larenz zum 70, Geburtstag, Beck, München, 1973.
Kaufmann, A., Gesetz und Recht (1962), incluido luego en Rechtsphilosophie im Wandel. Stationen eines Weges Athenäum, 2ª ed., Frankfurt/M., 1984.
Montesquieu, Del espíritu de las leyes XI, 6. x, Tecnos, Madrid, 1972.
Ollero, A., Dialéctica y praxis en Merleau-Ponty, Universidad de Granada, Granada, 1971.
Ollero, A., «Hermenéutica jurídica y ontología en Tomás de Aquino», Atti del Congresso Internazionale Tommaso d’Aquino nel suo VII centenario Roma-Napoli 1974, t. 8, Edizioni Dominicane Italiane, Napoli, 1978.
Ollero, A., «La ponderación delimitadora de los derechos humanos: libertad informativa e intimidad personal», en Derechos humanos. Entre la moral y el derecho, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 2007.
Ollero, A., Un Estado laico. Libertad religiosa en perspectiva constitucional, Aranzadi, Cizur Menor, 2009.
Ollero, A., «Macht oder Vernunft. Die Religion im öffentlichen Bereich (Zugleich ein Dialog über Habermas’ postsäkulare Gesellschaft)», en XXV Weltkongress der Internationalen Vereinigung für Rechts- und Sozialphilosophie, August Frankfurt a.M., 2011.
Ollero, A., Religión, racionalidad y política, Comares, Granada, 2013.
Ollero, A.,«Jürgen Habermas y la religión en el ámbito público. A propósito de mundo de la vida, política y religión», en Mélanges en l’honneur du Professeur Jean-Marc Trigeaud. Les personnes et les choses du Droit Civil à la Philosophie du Droit et de l’État, A. Zabalza y C. Grard (dir.), Éditions Bière, Bordeaux, 2020.
Poole Derqui, D., «Crítica a la teoría del conocimiento práctico de Grisez & Finnis», Persona y Derecho, 82 (2020/1). https://doi.org/10.15581/011.82.003
Prieto Sanchís, L., Constitucionalismo y positivismo, Fontamara, México, 1997.
Retamar Jiménez, J.A., Comprensión y fundamentación de los derechos asociados al factor religioso en la iusfilosofía de John M. Finnis: algunas dificultades, Facultad de Derecho, Departamento de Derecho Público e Instituciones Jurídicas Básicas, Pamplona, 2021.
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