Acerca de la «palmaria y evidente» inconstitucionalidad de los escritos de índole parlamentaria Comentario a las Sentencias del Tribunal Constitucional 115/2019, de 16 de octubre, y 128/2019, de 11 de noviembre. Recursos de amparo núms. 3846-2018 y 2114-2018. (BOE núms. 279 y 304, de 20 de noviembre y 19 de diciembre de 2019)

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Francisco Javier de Piniés Ruiz

Resumen

En este escrito comentamos las sentencias 115/2019, de 16 de octubre, y 128/2019, de 11 de noviembre, del Tribunal Constitucional. Con estas dos resoluciones se confirma la jurisprudencia que establece la facultad de las Mesas de las Cámaras para inadmitir escritos de índole parlamentaria que incurran en «palmaria y evidente» inconstitucionalidad y la obligación de inadmitir aquellas iniciativas cuya admisión suponga un incumplimiento manifiesto de lo acordado por el Tribunal Constitucional. El estudio comienza por los antecedentes de las sentencias y continúa con el comentario y la conclusión.

Detalles del artículo

Palabras clave:
función de calificación de las Mesas de las Cámaras, «palmaria y evidente» inconstitucionalidad, cumplimiento de las resoluciones del Tribunal Constitucional
Cómo citar
de Piniés RuizF. J. (2020). Acerca de la «palmaria y evidente» inconstitucionalidad de los escritos de índole parlamentaria: Comentario a las Sentencias del Tribunal Constitucional 115/2019, de 16 de octubre, y 128/2019, de 11 de noviembre. Recursos de amparo núms. 3846-2018 y 2114-2018. (BOE núms. 279 y 304, de 20 de noviembre y 19 de diciembre de 2019). Revista De Las Cortes Generales, (108), 409-427. https://doi.org/10.33426/rcg/2020/108/1499

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Sección
Informes y Jurisprudencia parlamentaria comentada