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La contratación temporal en la negociación colectiva de la Comunidad de Madrid, anterior a la reforma de 2012

  • Autores: Pilar Núñez-Cortés Contreras
  • Localización: Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ISSN-e 1696-9626, Nº. 33, 2013
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Este estudio realiza un análisis de la contratación temporal en los doscientos sesenta convenios seleccionados de la Comunidad de Madrid, tanto de sector como de empresa, de los años 2010 y 2011. En él se ha estudiado el grado de implicación de la negociación colectiva de la Comunidad de Madrid con los objetivos en la materia de contratación temporal establecidos en la Ley 35/2010 y en el Acuerdo para el Dialogo Social 2010-2012. En materia de contratación temporal el reparto de roles entre la normativa vigente (legal y reglamentaria), y el convenio colectivo, responde mayoritariamente, al perfil más tradicional de todos; es decir, el convenio colectivo aborda la mejora directa de una serie de mínimos que se encuentran establecidos por la norma legal. Una buena parte de los convenios, no se pronuncian en modo alguno respecto a la materia de la contratación temporal o no se manifiestan en modo sustancial, siendo solamente algunos entre los analizados, tal como veremos, los que incluyen pronunciamientos materiales que no sean meramente reiterativos del marco legal. Podrían haberse reflejado con carácter más regular previsiones de mejora de mínimos tales como el aumento de la cuantía de las indemnizaciones previstas para el momento de la extinción del contrato (art. 49.1 ET). Pero lo cierto es que van a resultar extraordinariamente escasos pronunciamientos como éstos.


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