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IVA: novedades en las reglas de localización

  • Autores: Juan de Uña Repetto
  • Localización: Estrategia financiera, ISSN 1130-8753, Nº 285, 2011, págs. 12-18
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Determinar si existe obligación de facturar con IVA cuando se prestan servicios o cuando se entregan bienes puede resultar, en ocasiones, una tarea complicada. Para poder encontrar la solución en esta, a veces, difícil tarea, se establecieron una serie de reglas de localización del hecho imponible del IVA que pretenden dar respuesta a la pregunta: ¿dónde se considera realizada una concreta operación a efectos del IVA? La adecuada interpretación de la normativa del IVA permitirá que el proveedor de estos servicios o de estas entregas de bienes pueda cumplir correctamente con sus obligaciones fiscales. En el presente artículo se desarrollarán las principales reglas de localización de la Ley del IVA, tanto las que resultan aplicables a las entregas de bienes como las que tienen su incidencia en las prestaciones de servicios, e igualmente se desarrollarán las principales instrucciones de interpretación que sobre esta cuestión se contienen en el reciente Reglamento de Ejecución (UE) n.º 282/2011 del Consejo de 15 de marzo de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (refundición), que será aplicable a partir del día 1 de julio de 2011.


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