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El patrimonio de los religiosos en el derecho canónico y estatal: desde el concilio de Trento hasta el Código de Derecho Canónico de Benedicto XV

  • Autores: Mar Leal-Adorna
  • Localización: Historia. Instituciones. Documentos, ISSN 0210-7716, Nº 33, 2006, págs. 291-308
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Los religiosos se encuentran sometidos tanto a las leyes canónicas, como a las normas que el ordenamiento jurídico estatal establezca para sus nacionales. Así, el desarrollo histórico del Derecho patrimonial de los profesos debe ser abordado desde una doble perspectiva: la canónica y la estatal. En la regulación jurídica del patrimonio de los profesos en el ordenamiento español no han existido cambios bruscos, aunque haya estado influenciada por los avatares políticos, económicos y religiosos que han jalonado la Historia de nuestro país. Tres son los períodos históricos de mayor importancia que, en relación con este tema, vamos a abordar: la etapa anterior a la denominada Ley de exclaustración, la época que se inicia con la citada ley de 29 de julio de 1837 y el período del Código de 1917.

    • English

      Religious orders were subject to both canon and civil law and, consequently, when studying the history of Property Law, this fact must be taken into account. In Spanish law, and despite the fluctuations in the political, economic and religious situations over the centuries, religious orders have not been subjected to abrupt change. In the study of Property Law, there are three important historical periods: that previous to the law suppressing religious orders; the period beginning with the passing of the said law on 29th July 1837; and, finally, the period dating from the Canon Law of 1917.


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