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El concepto de Derecho de Ronald Dworkin

  • Autores: Víctor Rojas Amandi
  • Localización: Revista de la Facultad de Derecho de México, ISSN 0185-1810, Vol. 56, Nº. 246, 2006, págs. 355-412
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • EL CONCEPTO DE DERECHO DE RONALD DWORKIN Víctor Manuel Rojas Amandi* Sumario: Introducción. I. El Concepto de Derecho de Hart como punto de partida. II. Los tres aspectos del Concepto de Derecho de Hart como un sistema de reglas. III. La crítica de Dworkin al Concepto de Derecho de Hart. IV. Los casos difíciles -¿hard cases¿- como punto de partida de la Teoría del Derecho de Hart. V. La diferencia entre reglas y principios en Dworkin. VI. La diferencia entre principios y directrices políticas -¿policies¿-. VII. El Derecho como praxis interpretativa. VIII. Conclusiones.

      Introducción Como señala Jürgen Habermas la teoría de Dworkin tiene la pretensión de superar las carencias que muestran las teorías realista, positivista y hermenéutica, tratando de explicar en que forma la práctica judicial puede simultáneamente satisfacer las exigencias de seguridad jurídica y de aceptablidad racional. Seguridad jurídica, corrección de la decisiones y apropiación de la historia institucional del derecho son los elementos que se encuentran presentes en la teoría de Dworkin. Para los modernos sistemas jurídicos que cuentan con un Estado de derecho donde una de las grandes paradojas constituye en cumplir con el principio de legalidad y a la vez realizar los valores tan abstractos y de dimensiones tan poco precisas que incorporan los derechos humanos, la teoría de Dworkin puede ofrecer un modelo para explicar los procesos internos a través de los cuáles opera el derecho real.

      Dworkin ha desarrollado su teoría con base en un análisis fino de la praxis judicial de la Corte Suprema de los Estados Unidos en casos tanto de derecho constitucional como de derecho privado. Su estudio hace énfasis en los denominados casos difíciles -hard cases-. Los fundamentos hechos valer en las correspondientes decisiones y la retórica jurídica que en ambos se utiliza le sirven a Dworkin como punto de partida y justificación de su teoría del derecho.

      Por otra parte, la teoría de Dworkin muestra la particularidad de ser una construcción que se fundamenta y se desarrolla en sentido negativo y como antítesis de una concepción positivista y utilitarista del derecho. El objetivo más importante de su crítica es la refutación del positivismo jurídico en la versión de su antiguo profesor Hebert Lionel Adolphus Hart.


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